Sanciones de Verifactu: cuantías y cómo evitarlas

La sanción de Verifactu para una empresa o un autónomo es una multa fija de 50.000 € por cada ejercicio en que tenga un sistema de facturación no adaptado o haya manipulado uno adaptado. Para los fabricantes y vendedores de software, la multa es de 150.000 € por ejercicio y tipo de programa, más 1.000 € por cada copia vendida sin certificar. Las sanciones se aplican desde el 1 de enero de 2027 a las sociedades y desde el 1 de julio de 2027 a los autónomos.

En este artículo te explicamos qué conductas se sancionan exactamente, cómo se calcula la multa en casos reales, cómo puede detectarte Hacienda y qué hacer para no correr ningún riesgo.

Las cifras clave

  • Usuario (empresa o autónomo): 50.000 € por ejercicio.
  • Fabricante o vendedor de software: 150.000 € por ejercicio y tipo de programa + 1.000 € por copia sin certificar.
  • Base legal: artículo 201 bis de la Ley General Tributaria, introducido por la Ley Antifraude (Ley 11/2021).
  • Tipo de infracción: grave, con importe fijo (no depende de lo que factures).
  • Cómo evitarla: usar un programa adaptado con declaración responsable y no emitir ninguna factura fuera de él.

Qué se sanciona exactamente

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria recoge dos infracciones: una para quien fabrica o vende el software y otra para quien lo usa. Las dos son graves y tienen importe fijo.

Para empresas y autónomos (usuarios)

Se sanciona con 50.000 € por cada ejercicio:

  • Tener un sistema de facturación que no cumple los requisitos del reglamento (Real Decreto 1007/2023) estando obligado a ello. Por ejemplo, un programa sin adaptar, un TPV antiguo o un Excel que funciona como sistema de facturación.
  • Haber alterado o modificado un sistema adaptado, por ejemplo, para borrar ventas o cambiar facturas ya emitidas.
  • Usar software de doble uso: programas que permiten llevar una contabilidad paralela u ocultar operaciones.

Lo importante es que se sanciona la tenencia del sistema, no el fraude: aunque hayas declarado todos tus ingresos, tener un sistema no adaptado ya es infracción.

Para fabricantes y vendedores de software

  • 150.000 € por cada ejercicio en que hayan vendido programas que no cumplen (o que permiten manipular registros) y por cada tipo de programa distinto.
  • 1.000 € por cada sistema vendido sin la certificación (declaración responsable) exigida.

Un comercializador que haya vendido 500 licencias de un programa sin certificar podría enfrentarse a 500.000 € solo por la segunda infracción, además de la primera.

Cuánto pagarías: ejemplos

SituaciónSanción
Autónomo que sigue facturando con un Excel que guarda y numera sus facturas en el segundo semestre de 202750.000 € (ejercicio 2027)
El mismo autónomo, si una inspección en 2029 revisa 2027 y 2028 y sigue usando ese Excel100.000 € (50.000 € × 2 ejercicios)
Bar en módulos con un TPV antiguo no adaptado durante 202850.000 €
SL que usa un programa adaptado pero emite algunas facturas sueltas en WordRiesgo de 50.000 € por ejercicio: el sistema paralelo no está adaptado
Empresa que manipula su programa adaptado para borrar tickets50.000 € por ejercicio, más la regularización del impuesto defraudado y su propia sanción

La multa se multiplica por cada ejercicio no prescrito (en general, Hacienda puede revisar los cuatro últimos años). Por eso, cuanto más tiempo sigas con un sistema no adaptado, mayor es la factura posible.

¿Se puede reducir la multa?

La Ley General Tributaria prevé una reducción por pronto pago (artículo 188.3) aplicable a cualquier infracción si pagas la sanción en el plazo voluntario y no la recurres. Desde la Ley Antifraude esa reducción es del 40 %, por lo que una multa de 50.000 € podría quedarse en 30.000 €. La reducción por conformidad del 30 %, en cambio, está prevista para otro tipo de infracciones. Aun reducida, sigue siendo una cantidad muy superior al coste de adaptarse. Consulta tu caso concreto con un asesor fiscal.

La multa del fabricante no te protege

Si tu proveedor te vende un programa que no cumple, él se expone a su sanción y tú a la tuya. Son infracciones independientes. Que el programa lo hayas comprado de buena fe no evita, por sí solo, la multa de 50.000 €.

Tu mejor defensa es la declaración responsable del fabricante: el documento en el que certifica que su sistema cumple el reglamento. Pídela, guárdala (descárgala o haz captura con la fecha) y comprueba que corresponde a la versión del programa que usas.

Cómo puede detectarte Hacienda

  • Inspecciones y comprobaciones: en una inspección, la AEAT puede revisar el sistema con el que facturas y pedirte los registros de facturación.
  • Facturas sin código QR: desde 2027, una factura o un ticket sin QR emitido por un negocio obligado es una señal evidente de sistema no adaptado.
  • Verificaciones de tus clientes: el QR permite a cualquier cliente comprobar la factura en la sede electrónica de la AEAT. Si emites facturas que no aparecen, puede generar alertas.
  • Cruces de datos: la información de tus clientes empresas (sus libros de IVA, el SII de las grandes empresas, la futura factura electrónica B2B) se puede contrastar con tus registros.
  • Visitas a establecimientos: en hostelería y comercio, la AEAT ha hecho históricamente campañas presenciales para revisar las cajas registradoras y los TPV.

Otras sanciones relacionadas con las facturas

La sanción de Verifactu es independiente de las sanciones generales por incumplir las obligaciones de facturación (artículo 201 de la Ley General Tributaria), que se calculan en proporción al importe de las operaciones: no emitir factura, emitirla con datos falsos o sin los requisitos obligatorios, o no conservarla. Si además se descubren ingresos no declarados, se suman la regularización del impuesto, los intereses de demora y la sanción por dejar de ingresar.

Cómo evitar las sanciones: checklist

  1. Confirma si estás obligado (te afecta salvo que estés en el SII, tengas domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra, o factures 100 % a mano).
  2. Apunta tu fecha: 1 de enero de 2027 (sociedades) o 1 de julio de 2027 (autónomos y resto).
  3. Revisa todos tus sistemas de facturación: programa, TPV, app, tienda online, Excel, facturas que te emite la gestoría o un cliente.
  4. Pide y guarda la declaración responsable de cada programa que uses.
  5. Abandona Excel y Word si guardan, numeran o calculan tus facturas.
  6. No emitas ninguna factura fuera del sistema adaptado, ni siquiera «una suelta».
  7. No borres ni modifiques facturas emitidas: corrige siempre con factura rectificativa o anulación desde el propio programa.
  8. Comprueba tus facturas: que lleven el código QR y, en modalidad VERI*FACTU, la leyenda correspondiente.
  9. Actualiza el programa cuando el proveedor publique versiones: la adaptación puede cambiar con nuevas especificaciones de la AEAT.
  10. Empieza antes de la fecha para detectar fallos sin riesgo de sanción.

Preguntas frecuentes

¿La multa de Verifactu es de 50.000 € para todos?

Para empresas y autónomos, sí: es una cantidad fija por ejercicio, igual para un autónomo pequeño que para una pyme. Para fabricantes y comercializadores de software es de 150.000 € por ejercicio y tipo de programa, más 1.000 € por copia sin certificar.

¿Me pueden multar ya en 2026?

No por usar un sistema no adaptado: la obligación empieza el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Los fabricantes de software, en cambio, ya están obligados.

¿Es una multa por año o por factura?

Por ejercicio (año fiscal), no por factura. Pero si Hacienda revisa varios años, se aplica una multa por cada uno.

¿Qué pasa si mi proveedor me engañó y su programa no cumple?

El proveedor se arriesga a su propia sanción, pero eso no anula automáticamente la tuya. Guardar su declaración responsable es tu mejor prueba de que actuaste con diligencia.

¿Me multan si una factura sale sin QR por un error puntual?

La sanción de 50.000 € se refiere a tener un sistema no adaptado. Un error puntual en un sistema adaptado se corrige con una rectificativa, aunque los incumplimientos de requisitos de las facturas tienen sus propias sanciones generales. Si detectas el error, corrígelo cuanto antes y avisa a tu proveedor.

¿Puedo evitar la multa facturando a mano?

Sí: la facturación totalmente manual, sin ningún programa, queda fuera del reglamento. Pero en cuanto uses un programa o un Excel que guarda tus facturas, debe estar adaptado.

Para profundizar: guía completa de Verifactu · test: ¿me afecta Verifactu? · Verifactu y facturar en Excel o Word

Última revisión: 22 de octubre de 2026. Fuentes: Agencia Tributaria (preguntas frecuentes sobre Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU), artículos 188, 201 y 201 bis de la Ley 58/2003, General Tributaria, Ley 11/2021, Real Decreto 1007/2023 y Real Decreto-ley 15/2025. Los ejemplos son orientativos. Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal.

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