Facturar desde el banco: ¿cumple Verifactu?

Facturar con la herramienta de tu banco puede cumplir Verifactu, pero no por el hecho de ser un banco: esa herramienta es un sistema informático de facturación como cualquier otro y tiene que estar adaptada, con su declaración responsable del fabricante. Muchos bancos no desarrollan el programa ellos mismos, sino que ofrecen el de un proveedor de software en acuerdo con él, así que lo que hay que comprobar es ese programa.

Te explicamos qué ofrecen normalmente los bancos, qué preguntar antes de usar su herramienta y cuándo compensa frente a un programa independiente.

En resumen

  • ¿Puede cumplir? Sí, si el programa está adaptado y tiene declaración responsable.
  • ¿Te protege que sea del banco? No: la multa de 50.000 € por ejercicio es para quien usa un sistema no adaptado, sea quien sea el proveedor.
  • Ventaja: suele estar incluida en paquetes para autónomos y empresas, y concilia los cobros con tu cuenta.
  • Inconveniente: si cambias de banco, puedes perder la herramienta y tus datos.

Qué ofrecen los bancos

Muchas entidades incluyen en sus cuentas para autónomos y empresas herramientas de gestión: emisión de facturas, control de cobros, conciliación con los movimientos de la cuenta y, en algunos casos, contabilidad básica. Algunas cajas y bancos han firmado acuerdos con empresas de software para ofrecer a sus clientes soluciones adaptadas a Verifactu.

Las condiciones varían mucho: a veces es gratis con la cuenta, otras requiere un paquete de pago o tiene límites de facturas.

Qué preguntar al banco antes de facturar con su herramienta

  1. ¿Quién es el fabricante del programa? Si es un proveedor externo, el que debe cumplir es ese programa.
  2. ¿Tiene declaración responsable de Verifactu? Pide el documento o dónde consultarlo.
  3. ¿Las facturas llevan código QR? Y, en la modalidad VERI*FACTU, la leyenda correspondiente.
  4. ¿Qué modalidad usa: VERI*FACTU (envío automático a la AEAT) o no verificable?
  5. ¿Emite facturas simplificadas (tickets) y rectificativas?
  6. ¿Tendrá factura electrónica B2B para cuando sea obligatoria entre empresas (octubre de 2027 u octubre de 2028)?
  7. ¿Puedo exportar mis facturas y clientes si cambio de banco o de programa?
  8. ¿Mi gestoría puede acceder o recibir los datos?
  9. ¿Cuánto cuesta y qué límites tiene (facturas, usuarios)?

Herramienta del banco vs programa independiente

Herramienta del banco Programa independiente
Cumple Verifactu Si el programa está adaptado Si el programa está adaptado
Coste A veces incluido en la cuenta o paquete Gratis con límites o desde unos euros al mes
Conciliación con la cuenta Muy buena con ese banco Buena con varios bancos (conexión bancaria)
Funciones Normalmente básicas Más completas (gastos, impuestos, stock)
Si cambias de banco Puedes perder la herramienta No te afecta
Trabajo con la gestoría Variable Normalmente mejor resuelto

Cuándo compensa facturar desde el banco

  • Emites pocas facturas, todas cobradas en esa cuenta, y la herramienta está incluida sin coste.
  • El banco confirma por escrito que el programa está adaptado a Verifactu.
  • No tienes intención de cambiar de banco y tu gestoría puede trabajar con los datos.

Si no cumples estas condiciones, un programa independiente (o la aplicación gratuita de la AEAT) te da más control.

Preguntas frecuentes

¿La herramienta de facturación de mi banco cumple Verifactu?

Depende del programa concreto. Pide al banco la declaración responsable del fabricante.

¿Si el programa del banco no cumple, me multan a mí?

Sí: la sanción es para quien tiene y usa un sistema no adaptado. El fabricante tiene su propia sanción, pero no sustituye a la tuya. Ver sanciones de Verifactu.

¿Puedo usar la herramienta del banco y otro programa a la vez?

No es recomendable: Verifactu exige que todas tus facturas salgan de sistemas adaptados con numeración coherente. Elige uno.

Para profundizar: mejores programas de facturación · cómo elegir un programa de facturación

Enlaces oficiales

Última revisión: 23 de octubre de 2026. Fuentes: Real Decreto 1007/2023, artículo 201 bis de la Ley General Tributaria y preguntas frecuentes de la AEAT sobre VERI*FACTU. Este contenido es informativo y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal.

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